lunes, 16 de agosto de 2010

10 tips para realizar una importación fácil y efectiva

1.-Aprenda los términos internacionales de comercio
Conocidos como Incoterm, investigarlos le ayudara a establecer de forma concreta y rápida el tipo de negociación internacional con su proveedor, ya sea "Ex Work (EXW)", "Free  On Board (FOB)" o "Cost, Insurance and Freight (CIF)" usted estará seguro de sus responsabilidades. 
Aprenda más Incoterm

2.-Conozca la normativa de su país
Investigue que es permitido y que no es permitido importar a su país, conozca cuales son los requisitos que debe obtener en Origen. Familiarícese con los tratados preferenciales de comercio que ha firmado Venezuela con el resto del mundo. Manténgase al día con la información gubernamental y contacte a las cámaras de comercio para estar siempre actualizado sobre losacuerdos, tendencias y últimas iniciativas.

3.-Clasifique los productos correctamente
Clasificar de forma incorrecta sus mercancías puede costarle mucho dinero. El Sistema Armonizado es una nomenclatura internacional creada por el Consejo de Cooperación Aduanera. En Venezuela la herramienta legal utilizada para la clasificación arancelaria de las mercancías se denomina Arancel de Aduanas de Venezuela. Conozca los códigos correctos de sus mercancías y asegúrese que sus mercancías cumplen con las regulaciones de importación.

Aprenda a clasificar haciendo clic aquí         

viernes, 13 de agosto de 2010

INCOTERM Términos internacionales de comercio


TERMINOS INTERNACIONAL DE COMERCIO INCOTERMS
Los incoterms (acrónimo del inglés international commercial terms) son normas acerca de las condiciones de entrega de las mercancías. Se usan para dividir los costes de las transacciones comerciales internacionales, delimitando las responsabilidades entre el comprador y el vendedor, y reflejan la práctica actual en el transporteinternacional de mercancías.
La Convención sobre contratos para la venta internacional de mercancías de las Naciones Unidas (en inglés, CISG, U.N. Convention on Contracts for the International Sale of Goods) en su Parte III «Venta de las mercancías» (artículos 25-88) describe el momento en que el riesgo sobre la mercancía se transfiere del vendedor al comprador, pero reconoce que, en la práctica, la mayoría de las transacciones internacionales se rigen de acuerdo con las obligaciones reflejadas en los incoterms.
La CCI (Cámara de Comercio Internacional o ICC: International Chamber of Commerce) se ha encargado desde 1936 (con revisiones en 1953, 1980, 1990 y 2000) de la elaboración y actualización de estos términos, de acuerdo con los cambios que va experimentando el comercio internacional. Actualmente están en vigor los Incoterms 2000, plasmados en la Publicación CCI n.º 560.